Art. 1) CONTRATO
1.1. Aplicabilidad de las condiciones generales de venta.
Las presentes condiciones generales de venta de productos como máquinas bruñidora, accesorios, componentes y todo lo demás vendido y comercializado por DAMEC S.R.L. se aplican tanto a los contratos entre partes establecidas en Italia como a los contratos entre partes establecidas en Estados diferentes.
Las cláusulas relativas a las materias reguladas que se refieren a contratos entre partes establecidas en Estados diferentes no se aplicarán a los contratos entre partes establecidas en Italia.
Los contratos establecidos y regulados por las presentes condiciones generales de venta se rigen expresamente por la legislación italiana y en particular, los contratos de venta celebrados entre partes que tengan su sede en Estados diferentes, se rigen expresamente por el Convenio de Viena sobre los contratos internacionales de venta de 11 de abril de 1980.
1.2. Definiciones.
Debido a los productos comercializados por DAMEC SRL, se denominarán «máquinas» las máquinas bruñidora que DAMEC SRL produce y comercializa o que restaura y comercializa aunque no sea de su producción. El término «mercancía» se refiere a los componentes que DAMEC SRL puede vender individualmente y así para cualquier otro bien material que no pertenezca a la categoría de las máquinas.
1.3. Finalización del contrato.
La finalización de los contratos se llevará a cabo de la manera siguiente. El comprador se pondrá en contacto directamente con la zona comercial de DAMEC SRL por teléfono al 0331.761399 o por correo electrónico a sales@damec.eu especificando el producto en cuestión. DAMEC SRL entregará al comprador por correo electrónico la oferta junto con la documentación legal necesaria (política de privacidad, condiciones de venta, etc.) que el comprador deberá devolver firmada para su aceptación.
La aceptación, por parte del comprador, de la oferta o de la confirmación de pedido del vendedor, incluso cuando se produce mediante la simple ejecución del contrato mediante un comportamiento concluyente, implica la aplicación al contrato de las presentes condiciones generales. Las partes sólo podrán establecer excepciones a estas condiciones por escrito y las condiciones generales no expresamente derogadas seguirán aplicándose. Las condiciones generales del comprador no se aplicarán a menos que el vendedor las acepte expresamente.
La posible ejecución del contrato por el vendedor, a falta de aceptación expresa por escrito de las condiciones contractuales propuestas por el comprador, que difieran de las contenidas en la propuesta del vendedor, no implica la adhesión a las mismas.
1.4. Gastos del comprador mediante contrato.
En caso de que, por razones relacionadas con el objeto del contrato de venta, el comprador se proponga delegar en el vendedor la ejecución de actividades en sus propias instalaciones (p. ej., la instalación de las máquinas o su ensayo), se compromete en el momento de la firma del contrato, a indicar al vendedor las condiciones y modalidades de esta prestación accesoria, que será objeto de una negociación separada.
En tal caso, es responsabilidad exclusiva del comprador realizar todas las actividades prescritas por la normativa aplicable en materia de seguridad en el trabajo con arreglo al D.lgs 81/08. Asimismo, incumbe al comprador informar por escrito al vendedor sobre los riesgos de interferencias entre trabajos, sobre las medidas que deben adoptarse para eliminar o reducir al mínimo estos posibles riesgos. El comprador se compromete asimismo a poner a disposición del vendedor toda la información o documento exigido por la normativa aplicable en materia de seguridad en el trabajo. Estas obligaciones de información deberán cumplirse a más tardar en el momento de la confirmación del pedido y, en cualquier caso, antes de la celebración del contrato.
En caso de que se manifiesten irregularidades en cuanto a las obligaciones anteriormente prescritas, el comprador retendrá al vendedor de cualquier daño que el vendedor o su personal sufran, incluso con pretensiones de terceros, a causa de dichas irregularidades.
1.5.Modificaciones del contrato.
Cualquier modificación del presente Acuerdo deberá notificarse por escrito por medio de Pec o Recomendada a/r y sólo surtirá efecto si la Parte receptora lo acepta.
ART. 2) CATÁLOGO, PRECIOS Y CONDICIONES DE PAGO.
2.1. Precios.
Los precios de referencia tanto de las máquinas como de las mercancías son los indicados en la confirmación de pedido y se entienden siempre como «franco fábrica» y no incluyen los gastos de entrega y embalaje que correrán a cargo exclusivo del comprador. Cualquier cambio en estos precios, debido a la evolución de las principales partidas de costes resultantes de las observaciones oficiales, será comunicado por el vendedor en el momento de la recepción de la orden.
2.2. Términos y condiciones de pago.
El comprador está obligado a efectuar los pagos en los términos acordados y comunicados por el vendedor en el momento de la aceptación del pedido, incluso si todavía no ha tenido la oportunidad de examinar la mercancía. El incumplimiento de los plazos y condiciones de pago eximirá al vendedor de toda obligación de entrega, incluso en lo que se refiere a mercancías distintas de las contempladas en el incumplimiento y permitirá al vendedor proceder al cobro anticipado de la totalidad del crédito, siempre que no prefiera rescindir el contrato, reteniendo en concepto de penalización, y salvo los mayores daños, las sumas abonadas hasta entonces por el comprador.
2.3. Modalidades de pago.
El comprador tendrá la posibilidad de efectuar los pagos mediante las siguientes modalidades:
PAGO CON TARJETA DE CRÉDITO: el comprador puede utilizar el procedimiento de pago con Paypal, idóneo para garantizar la confidencialidad de los datos de los clientes. Para cualquier información y otros acuerdos legales, consulte el sitio www.paypal.com.
PAGO EN CONTRA: el pago a pedido se acepta sólo para Italia si se realiza por medio de dinero efectivo o cheque de caja. En consecuencia, a los sentidos y por los efectos del art. 1197 c.c., no se aceptarán pagos efectuados por cheque bancario. PAGO POR TRANSFERENCIA BANCARIA: la mercancía comprada se enviará según lo indicado en el apartado 2.4. (Entrega de la mercancía) , a la dirección indicada por el cliente a la recepción del crédito, a continuación, por término medio dentro de los dos/cinco días después de la realización de la transferencia según el Instituto de Crédito elegido. Para facilitar el proceso, el comprador podrá enviar el recibo de pago al vendedor a la dirección mail amministrazione@damec.eu
PAGO MEDIANTE RECIBO BANCARIO (Ri.Ba): en caso de pago a través de recibo bancario el cliente debe proporcionar todas las credenciales indicando también los datos del banco de apoyo completo de los datos bancarios para poder emitir un recibo bancario con el calendario de pagos acordado previamente. En caso de que se elija este modo se invita a los compradores a tomar contactos telefónicos con la Administración de Damec S.r.l. en el n. 0331.761399
2.4. Entrega de la mercancía.
La mercancía comprada, junto con la correspondiente hoja de registro/factura pro forma, será entregada a través del servicio de mensajería del comprador a la dirección especificada por el mismo en el momento del pedido. El comprador de DAMEC SRL deberá prever oportunamente las eventuales exigencias específicas. En el caso de utilización de correo de DAMEC SRL se cargará el coste del transporte que se comunicará previamente. Damec S.r.l. se reservará el derecho de atender pedidos en los siguientes casos: si el material, en el momento del pedido no estaba disponible en stock.
2.5. Conclusiòn del contrato.
Los contratos de venta de las máquinas y mercancías vendidas y comercializadas por DAMEC SRL se considerarán concluidos en el momento en que la orden de compra sea aceptada por la vendedora. Mediante el envío telemático a las modalidades alternativas reguladas en el art. 1.3., el comprador declara de haber aceptado las presentes condiciones contractuales y se compromete a cumplirlas.
ART. 3) PROPIEDAD.
3.1. Transferencia de propiedad.
Las máquinas y mercancías vendidas por Damec S.r.l. pasan de propiedad en el momento del pago completo por el comprador en las modalidades previamente acordadas.
3.2. Reserva de la propiedad.
En caso de aplazamiento de los pagos, las máquinas y mercancías entregadas seguirán siendo propiedad del vendedor hasta el pago íntegro del precio. El comprador se compromete a hacer lo necesario para hacer efectiva la reserva de propiedad, en la forma más amplia en favor del vendedor: se compromete asimismo a cooperar con el vendedor en la adopción de las medidas necesarias para garantizar la protección del derecho de propiedad del vendedor. El Tribunal de Primera Instancia decidió suspender el procedimiento y plantear al Tribunal de Justicia una cuestión prejudicial. 1523 y s.s. c.c.
3.3. Prohibición de actos de disposición.
El comprador no podrá revender, ceder, pignorar la mercancía comprada sin haber pagado previamente el precio íntegro al vendedor, al que deberán darse a conocer inmediatamente, por carta certificada a/r o por defecto, los procedimientos ejecutivos que, a petición de un tercero, hayan golpeado dichas máquinas o mercancías.
3.4. Incumplimiento de las obligaciones derivadas del derecho de propiedad.
En caso de incumplimiento de las obligaciones del comprador derivadas del presente artículo, el vendedor tendrá derecho a rescindir el contrato con efecto inmediato, reteniendo en concepto de penalización las sumas ya pagadas por el comprador, sin perjuicio de ulteriores perjuicios.
ART. 4) ENTREGA (TRANSACCIONES INTERNACIONALES)
4.1. Incoterms.
Todo tipo de referencia a definiciones comerciales (franco fábrica, FOB, CIF, y otros) presente dentro del presente contrato o en las condiciones generales correspondientes se entenderá referido a los INCOTERMS de la Cámara de Comercio Internacional, incluidas en el texto en vigor en el momento de la celebración del contrato, con las adiciones o excepciones previstas en las presentes condiciones generales, así como las eventualmente acordadas por escrito entre las partes en el contrato.
4.2. Devolución de la mercancía y de las máquinas.
Salvo pacto en contrario, el suministro de la mercancía y de las máquinas se entenderá como Franco Fábrica, incluso cuando se acuerde que la expedición o parte de ella sea efectuada por el vendedor. Cuando en el contrato no esté claro el plazo de devolución de la mercancía o no se indique dicho plazo, se hará referencia al INCOTERM más próximo a las condiciones de entrega, incluso de forma sucinta convenidas y en caso de que subsista incertidumbre entre dos o más INCOTERMS, Igualmente compatibles con el contrato, se aplicará el que implique una menor extensión de los riesgos y de los costes para el vendedor, con las excepciones eventualmente previstas por escrito por las partes. Si, en virtud del contrato, el comprador debe encargarse del transporte, velará por que el transportista encargado del transporte ponga a disposición y entregue al vendedor, a petición de éste, toda la documentación que pueda necesitar con fines aduaneros o fiscales.
4.3. Transferencia de riesgos.
Los riesgos pasan al comprador según lo establecido en INCOTERMS. El vendedor no responderá en ningún caso del peritaje o daño de la mercancía que haya tenido lugar después del paso de los riesgos. El comprador no está exento en ningún caso de la obligación de pagar el precio cuando el peritaje o el daño de la mercancía se produce después del paso de los riesgos.
4.4. Prórroga de los plazos de entrega.
La fecha de entrega se prorrogará automáticamente por un plazo igual al retraso del comprador en el cumplimiento de las obligaciones del comprador como, por ejemplo, el pago de la cuota de precio eventualmente adeudada por el comprador en concepto de pago anticipado
Del mismo modo, cuando el comprador u otra persona designada por éste deba comunicar disposiciones de elaboración, datos técnicos u otras instrucciones para la preparación de la mercancía, el plazo de entrega de las mercancías se prorrogará automáticamente por un período igual al retraso en la realización de la comunicación. En caso de cambios en la materia prima acordados entre las partes con posterioridad a la fecha de celebración del contrato, el plazo de entrega se ampliará automáticamente por el tiempo razonablemente necesario para realizar tales cambios.
Además, el plazo de entrega se prorrogará por cualquier otra causa de retraso debidamente comunicada y documentada.
4.5. Prácticas aduaneras y cuestiones relativas a la importación.
Parte comprador declara que garantiza que las máquinas y mercancías comercializadas por DAMEC SRL resultan importables en el país de origen del comprador, quien se compromete asimismo a mantener a DAMEC SRL indemne de cualquier cuestión perjudicial que pueda surgir en relación con la posibilidad de importar dichos bienes. En particular, el comprador se compromete a retirar DAMEC SRL de cualquier impuesto, gravamen, gravamen o derecho aplicado a la mercancía comprada o adeudada en razón de la exportación, la importación y/o venta en su propio país o en el otro lugar de destino de la mercancía.
Si el exportador de la mercancía requiere autorización administrativa del país del vendedor, los plazos de entrega acordados serán automáticamente prorrogados del tiempo necesario para la expedición de tales autorizaciones.
El comprador garantiza también que las máquinas y mercancías compradas por DAMEC SRL se ajustan a cualquier normativa vigente en su país de origen.
Art. 5) GARANTÍA DE CONFORMIDAD
5.1. Garantía de las máquinas.
Las máquinas vendidas por DAMEC SRL están garantizadas durante 12 meses a partir de la fecha de entrega. La garantía consiste en el suministro gratuito franco fábrica de las materias cuyo defecto ha sido comprobado por DAMEC SRL. La garantía no se aplicará en caso de que el defecto sea imputable al deterioro normal del bien, a su consumo, fortuito, por averías o daños ocurridos durante el transporte, incuria, inexperiencia o uso anormal de los materiales. La garantía no operará además en caso de que sobre las máquinas se utilicen productos no certificados, producidos o comercializados por DAMEC SRL. Estas sustituciones sólo se efectuarán después de que DAMEC SRL haya constatado efectivamente los vicios denunciados.
También se especifica que esta garantía dejará de funcionar si el comprador utiliza los materiales de suministro para un uso y/o servicio distintos de aquel al que estaba destinada, o si modifica su estructura o su funcionamiento, o haga que otras personas distintas de las indicadas por DAMEC SRL efectúen reparaciones en los mismos.
5.2. Denuncia de los vicios y defectos de la máquina.
El comprador, so pena de caducidad, deberá denunciar la falta de conformidad o el vicio de la máquina al el vendedor especificará detalladamente por escrito su naturaleza; en un plazo de ocho días a partir del momento en que lo descubrió, o
Podría haberlo descubierto con un examen y una prueba minuciosos de la máquina. En cualquier caso, la denuncia de la falta de conformidad o del defecto no podrá ser válidamente efectuada después de la fecha de expiración de los plazos de garantía indicados en el artículo precedente. 6.1. o de los que las Partes acuerden lo contrario.
Los mismos plazos de caducidad son válidos, incluso en el caso previsto en el art. 43.2 de la Convención de Viena para la denuncia de posibles reclamaciones o derechos de terceros relativos a la máquina, si la garantía relativa a ellos no está excluida por las presentes condiciones generales o por las partes. El comprador se retirará asimismo de la garantía si no permite cualquier control razonable que el vendedor solicite o si, habiendo solicitado el vendedor la devolución de la pieza defectuosa a su cargo, el comprador no devuelve la pieza en un breve plazo a partir de la solicitud.
Las disposiciones de los art. 40 y 44 de la C.V. no serán aplicables en ningún caso.
5.3. Garantía de las mercancías.
Las mercancías vendidas de DAMEC SRL tendrán garantía igual a 8 días a partir del momento de la efectiva entrega al comprador, término en el cual el comprador deberá denunciar el vicio.
5.4. Responsabilidad del vendedor.
Salvo culpa grave o deliberada del vendedor, la eventual indemnización de cualquier daño al comprador no podrá exceder de la cuota de valor de la máquina relativa a la parte defectuosa.
La garantía contemplada en el presente artículo será absorbente y sustitutiva de las garantías o responsabilidades previstas por la ley y excluirá cualquier otra responsabilidad del vendedor originada en cualquier caso por las mercancías suministradas; en particular, el comprador no podrá presentar otras demandas de indemnización, de reducción del precio o de rescisión del contrato. 800
6. Ley aplicable y tribunal competente.
El presente contrato se regirá por la legislación italiana. la competencia y el fuero exclusivo para cada posible acción legal intentada del Comprador a los sentidos de la presente garantía o de posibles posteriores garantías legales será el Tribunal de Milán.
El comprador declara expresamente que conoce y acepta todas las cláusulas de las presentes Condiciones de venta y que aprueba específicamente las mencionadas en los artículos: 1.4. (cargos del comprador en el contrato) – 2.1. (precios) – 2.2. (condiciones de pago) – 2.3. (modalidades de pago) – 2.4. (entrega de la mercancía) – 2.5. (Celebración del contrato) – 4.2. (Devolución de la mercancía y de las máquinas) – 4.3. (Paso de los riesgos) – 4.4. (Prórrogas de los plazos de entrega) – 5.2. (Denuncia de los vicios y defectos de la máquina) – 5.3. (Garantía de las mercancías) – 5.4. (Responsabilidad del vendedor) – 6. (Ley aplicable y tribunal competente)
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